Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0964/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-09-11

Carátula: ALLENDE SUSANA Y OTRO C/ PALOCHINI JOSE LUIS Y OTRO S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: citar por edictos

EXPTE. Nº 0964/2012

CARATULA: ALLENDE SUSANA Y OTRO C/ PALOCHINI JOSE LUIS Y OTRO S/ DESALOJO (Sumario)

Viedma, de septiembre de 2013.-

Atento el estado de autos, teniendo en cuenta que con la información sumaria producida no se ha conocido un nuevo domicilio del demandado y surgiendo del contrato de locación que el domicilio especial allí constituido se condice con el domicilio del bien locado (fs. 4/5), el cual se encuentra deshabitado conforme diligencia de fs. 28, se entiende que no procede aplicar la notificación dispuesta en el art. 682 del CPCC.-

Asimismo y atento lo dispuesto por la Cámara de Apelaciones de Viedma tanto en el fallo citado en el escrito en despacho (PRN c/ Ricciardulli s/ Ejec. Fiscal Expte. nº 0803/12) como en el caso "A.R.T. C/ Inmobiliaria 11 de Septiembre SCA s/ Ejec. Fiscal" Expte. nº 590/12", donde dispone que el demandado con domicilio desconocido sea citado por edictos y en su caso -con posterioridad- sea designada la Defensora de Ausentes, a lo solicitado no ha lugar .-

En consecuencia, cítese por edictos a JOSE LUIS PALOCHINI para que en el plazo de 5 días se presente en autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designar al Defensor de Ausentes para que lo represente. Publíquense edictos por 2 días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro.-

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Poder Judicial de Río Negro