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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0929/93/5
Fecha: 2013-09-10
Carátula: IUD CARLOS EDUARDO Y OTRO C/ MOLINA DE COLOMBO MARCELA Y OTRO S/ USUCAPION
Descripción: ORDENA RECONSTRUCCION DE EXPTE.
EXPTE. Nº 0929/93/5
CARATULA:IUD CARLOS EDUARDO Y OTRO C/ MOLINA DE COLOMBO MARCELA Y OTRO S/ USUCAPION
Viedma, de septiembre de 2013.-
Atento lo solicitado, toda vez que las actuaciones principales no se encuentran en el casillero correspondiente y del sistema lex no surge préstamo a profesional alguno, habiéndose realizado una exhaustiva y prolija búsqueda del expediente dentro del juzgado con resultado negativo y comprobado la pérdida del expediente, ordénase la reconstrucción del mismo en los términos del art. 129 del CPCC.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber a la parte compareciente que deberá acompañar las copias de escritos, documentos y diligencias que obren en su poder y correspondieren a actuaciones cumplidas en el expediente perdido, en el plazo de cinco (5) días. Asimismo y a esos efectos requiérase de la parte informe los profesionales que hayan actuado en las actuaciones. Notifíquese.-
Por Secretaría procédase a la agregación de todas las resoluciones correspondientes al expediente extraviado que obren en los registros del Juzgado.-
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a fin de que remita copias de los actos y diligencias que se hubiesen ordenado en el expediente cuya reconstrucción se ordena.-
Líbrense oficios a la Caja Forense, Dirección General de Rentas y Colegio de Abogados, a los fines de que informen si se efectuaron pagos de los aportes, tasas e impuestos, según el caso, con respecto a la presente sucesión por haberse ordenado la reconstrucción de las actuaciones.-
Luciano Minetti Kern
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro