Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0141/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-09-10

Carátula: FABBRI ELVIRA RAQUEL C/ RIAL MARA DANIELA S/ DESALOJO (Monitorio)

Descripción: DESISTE REGULA HONORARIOS

EXPTE. Nº: 0141/2012.-

CARATULA: FABBRI ELVIRA RAQUEL C/ RIAL MARA DANIELA S/ DESALOJO (Monitorio).-

Viedma, de septiembre de 2013.-

Atento el estado de autos y de conformidad con lo previsto en los arts. 304 del CPCC, tiénese a la parte actora por desistida de la acción, con costas (art. 73 del código citado), regulándose los honorarios profesionales del Dr. Alberto José Brusa en el equivalente a 10 jus, toda vez que de aplicarse el porcentual establecido en el art. 27 de la ley 2212 se llegaría a un monto inferior al establecido en el art. 9 de dicha ley. Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.-

Rosana Calvetti

Juez

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