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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 21620IV
Fecha: 2006-05-11
Carátula: NOALE Atilio y BONARDO César S/ Quiebra
Descripción: Resolución Clausura
General Roca, 11 de mayo de 2006.-
VISTO: Para resolver en estos autos caratulados "NOALE Atilio y BONARDO César S/ Quiebra", (Expte. Nro 21620-IV-87).-
CONSIDERANDO: En la presente causa la última actuación útil es del 20/03/1989 conforme constancias de fs. 96 y habiendo transcurrido en exceso el plazo previsto por el art. 4023 C.C., corresponde declarar la prescripción de los créditos invocados en la presente causa.-
Por lo expuesto,
RESUELVO: Declarar la prescripción de los créditos invocados en estos autos y la conclusión del proceso.-
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial por UN día.-
Asimismo, levántese la interdicción que pesan sobre los fallidos para salir del país, como asimismo la inhibición general de bienes dispuesta, a cuyo fin y para su toma de razón, ofíciese a los organismos pertinentes.-
Notifíquese. Cúmplase por Secretaría. Regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro