include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0228/2012
Fecha: 2013-09-09
Carátula: CAMPROVIN NANCY EDITH C/ PESCE DE BLACKHALL TERESA MABEL S/ DIVISION DE CONDOMINIO (Monitorio)
Descripción: EMBARGO EN OTRO JUICIO DE ESTE JUZG. (PROVIDENCIA)
EXPTE. Nº : 0228/2012
CARATULA: CAMPROVIN NANCY EDITH C/ PESCE DE BLACKHALL TERESA MABEL S/ DIVISION DE CONDOMINIO (Monitorio)
Viedma, de septiembre de 2013.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre los fondos remantes de la subasta decretada en los autos caratulados: "Camprovin Nancy Edith c/ Pesce de Blackhall Teresa Mabel s - División de Condominio s/ Ejecución de Sentencia" (Expte nº 0693/2012) que tramita por ante este Juzgado, hasta cubrir la suma de $ 35.000 en concepto de honorarios regulados a fs. 83, haciéndose saber que las sumas embargadas deberán ser transferidas a la cuenta de autos, a la orden de la suscripta y como perteneciente a estos obrados. A los fines de la toma de razón de la medida ordenada, déjese constancia por Secretaría en los autos mencionados.-
En consecuencia y en los términos del art. 198 del CPCC notifíquese a la sra. Pesce la medida cautelar decretada.-
Hágase saber que para la oportuna liberación de fondos se deberá requerir la conformidad de la sra. Pesce o en su caso y atento la naturaleza ejecutiva de la pretensión deberá ocurrir por la vía y forma que corresponda.-
Sin perjuicio de ello, se deberá cumplir con la ley 869 y acompañar saldo bancario.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
CONSTANCIA: De haberse dispuesto la transferencia de la suma de $ 35.000 que la demandada tenía a percibir desde los autos caratulados: "Camprovin Nancy Edith c/ Pesce de Blackhall Teresa Mabel s - División de Condominio s/ Ejecución de Sentencia" (Expte nº 0693/2012) a una cuenta judicial correspondiente a estos autos conforme el embargo decretado. Conste.-
Secretaría, de septiembre de 2013.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro