include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: D-2RO-277-C3-13
N° Receptoría: D-2RO-277-C2013
Fecha: 2013-09-09
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A C/ REYNOSO Osvaldo Raúl S/ EJECUTIVO
Descripción: Intima
//neral Roca, 09 de SEPTIEMBRE de 2013.=
A los puntos 1 y 2, agréguese.
Al punto 3, agréguese.
Al punto 4, intímese a la empleadora A.VI.PAR. S.A. a que en el plazo de cinco días de cumplimiento con el embargo ordenado mediante oficio N° 673 del 22-05-2013 o en su defecto informe las razones de su incumplimiento bajo apercibimiento de aplicar una multa diaria de $ 100.- el que se hará efectivo a partir de su notificación, con el tope de las sumas que omita embargar. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula directa.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro