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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0030/2005
Fecha: 2006-05-10
Carátula: SALAMIDA DULCE YAMIL C/ PARMA JORGE Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CONSTANCIA DE INCOMPAR.AUDIENCIA
EXPTE. Nº 0030/2005
CARATULA: SALAMIDA DULCE YAMIL C/ PARMA JORGE Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
C ON S T A N C I A : De haber comparecido a la audiencia fijada para el día de la fecha, la srta. Dulce Yamil Salamida, D.N.I. nº 24.644.476 junto a su letrado apoderado el Dr. Carlos Javier Dvorzak y el Dr. Armando A. Salazar (patrocinante), el sr. Jorge Luis Parma, Céd. Iden. P.F.A. nº 11.786.715N (D.N.I. nº 11.786.715) junto a sus letrados apoderados los Dres. Raúl Osvaldo Bruno y Miguel Angel Volonté, quienes también lo hacen en representación de El Comercio Compañía de Seguros a Prima Fija S.A. y el Dr. Pablo Sergio Mao, como apoderado de Sancor Cooperativa de Seguros Limitada, la que no se lleva a cabo ante la incomparecencia del Sanatorio Austral S.R.L.. Conste.-
Secretaría, mayo de 2006.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro