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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0801/2012
Fecha: 2013-09-05
Carátula: NIJAR S.A. C/ HIDROLIFT S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: acompaña poder - traslado se allana -
EXPTE. Nº 0801/2012
CARATULA: NIJAR S.A. C/ HIDROLIFT S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de septiembre de 2013.-
Por presentado en el carácter invocado conforme el poder acompañado. De la documental acompañada y del allanamiento efectuado, córrase traslado a la demandada por el término de ley. Notifíquese.-
A lo demás oportunamente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro