Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0801/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-09-05

Carátula: NIJAR S.A. C/ HIDROLIFT S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: acompaña poder - traslado se allana -

EXPTE. Nº 0801/2012

CARATULA: NIJAR S.A. C/ HIDROLIFT S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de septiembre de 2013.-

Por presentado en el carácter invocado conforme el poder acompañado. De la documental acompañada y del allanamiento efectuado, córrase traslado a la demandada por el término de ley. Notifíquese.-

A lo demás oportunamente.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro