include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0103/2012
Fecha: 2013-09-04
Carátula: MULHALL DAIANA EVANGELINA C/ COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y AUTOCONSTRUCCION HOUSE VIAL LIMITADA Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA - sr. ITURBURU (DR. MAZA)
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
___________
C E D U L A
Señor: Dr. MANUEL MAZA (sr. CARLOS CEFERINO ITURBURU)
Domicilio: 25 DE MAYO Nº 790 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MULHALL DAIANA EVANGELINA C/COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y AUTOCONSTRUCCION HOUSE VIAL LIMITADA Y OTRO S/ORDINARIO", Expte. Nº 0103/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, de septiembre de 2013.- Certificando el Actuario en este acto que la copia del poder otorgado por el sr. Iturburu al Dr. Maza obra en el Expte. nº 0697/2011, téngaselo, por presentado, parte en el carácter invocado y constituído el domicilio.- Sin perjuicio de ello y toda vez que las actuaciones tramitan en forma independiente, hágase saber que deberá acompañar una copia del poder en cuestión para ser agregado a esta causa.- Atento lo peticionado y teniendo en cuenta lo informado por el Actuario en el expediente antes mencionado 0697/2011, respecto a la superposición de las audiencias fijadas, teniendo en cuenta lo peticionado, en uso de las facultades previstas en el art. 36 del CPCC, a los fines de evitar un dispendio jurisdiccional y en resguardo del derecho de defensa que asiste a las partes, modifícase la audiencia fijada en los términos del art. 361 del código citado para el día 08 de OCTUBRE de 2013 a las 14.00 horas. Notifíquese.- Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de septiembre de 2013.-
*05TXHO.28HYX5*
<*****>
Poder Judicial de Río Negro