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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40452
Fecha: 2013-09-04
Carátula: HERMOSILLA Juan Alberto C/ PUENTES José María y Otra S/ ORDINARIO
Descripción: caducidad
General Roca, 04 de setiembre de 2.013.-g
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “HERMOSILLA Juan Alberto C/ PUENTES José María y Otra S/ ORDINARIO ” (EXPTE. N*40452 ).-
Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,
RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-
Regulo los honorarios de los Dres. Andrés Puiatti (patr. actor), en $ 1.000.- , Victor Sajarov (patr. actor), en $ 1.000.- y Mauricio Benitez (apod. citada en garantia), en la suma de $ 4.430.- (MB: $ 185.500.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).-
Cúmplase con la Ley 869.
Oportunamente glósese la documentación original.-
NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro