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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39526
Fecha: 2013-09-03
Carátula: EJERCITO Evangélico de Dios C/ ROZAS Patricia Mabel S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: A cédulas
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
PATRICIA MABEL ROZAS - Dr. DANIEL ALEJANDRO ARCE
San Luis 984 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "EJERCITO Evangélico de Dios C/ ROZAS Patricia Mabel S/ DESALOJO (Sumarísimo)” (Expte. N* 39526), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la siguiente sentencia: “General Roca, 22 de agosto de 2013...FALLO: Rechazando las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva opuestas por la demandada y haciendo lugar a la demanda promovida por EJERCITO EVANGELICO DE DIOS contra PATRICIA MABEL ROZAS y cualquier otro ocupante del inmueble, sito en calle Las Glicinas 1992 de JJ Gómez, designación catastral 051-B-779-08 (comprendiendo el templo y vivienda situada en la parte posterior), en el término de DIEZ días de su notificación, bajo apercibimiento de desahucio, con costas.- Regulo los honorarrios de la Dra. Graciela María Fernández en $ 3.260.- (10 Jus) y los del Dr. Daniel Arce en $ 2.282.- (7Jus), cada Jus $ 326, arts.6, 7, 8, 9 ley 2212, por no contar con precio de alquiler.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y regístrese.-Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
Nota: Se adjunta copia de la sentencia de fs.233/238.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 3 setiembre de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
EJERCITO EVANGELICO DE DIOS - Dra. GRACIELA MARIA FERNANDEZ
Mitre 810, piso 2, of. 7 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "EJERCITO Evangélico de Dios C/ ROZAS Patricia Mabel S/ DESALOJO (Sumarísimo)” (Expte. N* 39526), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la siguiente sentencia: “General Roca, 22 de agosto de 2013...FALLO: Rechazando las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva opuestas por la demandada y haciendo lugar a la demanda promovida por EJERCITO EVANGELICO DE DIOS contra PATRICIA MABEL ROZAS y cualquier otro ocupante del inmueble, sito en calle Las Glicinas 1992 de JJ Gómez, designación catastral 051-B-779-08 (comprendiendo el templo y vivienda situada en la parte posterior), en el término de DIEZ días de su notificación, bajo apercibimiento de desahucio, con costas.- Regulo los honorarrios de la Dra. Graciela María Fernández en $ 3.260.- (10 Jus) y los del Dr. Daniel Arce en $ 2.282.- (7Jus), cada Jus $ 326, arts.6, 7, 8, 9 ley 2212, por no contar con precio de alquiler.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y regístrese.-Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
Nota: Se adjunta copia de la sentencia de fs.233/238.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 3 setiembre de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
Villegas 973 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "EJERCITO Evangélico de Dios C/ ROZAS Patricia Mabel S/ DESALOJO (Sumarísimo)” (Expte. N* 39526), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle la siguiente sentencia: “General Roca, 22 de agosto de 2013...FALLO: Rechazando las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva opuestas por la demandada y haciendo lugar a la demanda promovida por EJERCITO EVANGELICO DE DIOS contra PATRICIA MABEL ROZAS y cualquier otro ocupante del inmueble, sito en calle Las Glicinas 1992 de JJ Gómez, designación catastral 051-B-779-08 (comprendiendo el templo y vivienda situada en la parte posterior), en el término de DIEZ días de su notificación, bajo apercibimiento de desahucio, con costas.- Regulo los honorarrios de la Dra. Graciela María Fernández en $ 3.260.- (10 Jus) y los del Dr. Daniel Arce en $ 2.282.- (7Jus), cada Jus $ 326, arts.6, 7, 8, 9 ley 2212, por no contar con precio de alquiler.- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.- Notifíquese y regístrese.-Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 3 setiembre de 2013.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro