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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 26669/13
Fecha: 2013-09-02
Carátula: FASANELLA ALBERTO ORLANDO S/ HABEAS CORPUS
Descripción: rech.in limine sol.inf. céd.
Expte.N* 26669/13-STJ-
///MA, 2 de septiembre de 2013.-
-----Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----No surgiendo de la presentación de fs.11/12 el encuadramiento en el art.1º y cc. de la ley 3368 que reglamenta el "habeas corpus" en jurisdicción de la Provincia, recházase “in limine” la pretensión.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----No obstante, y atento al tenor de lo peticionado -razones de salud-, requiérase al Servicio Penitenciario Provincial informe en el término de dos (2) días sobre la situación denunciada por el Defensor del interno Alberto Orlando Fasanella, alojado en el Establecimiento de Ejecución Penal Nº 5 de Cipolletti.- - - -
-----Notifíquese por cédula con remisión de copia del escrito.-
-----A lo demás, oportunamente.-
Fdo.: ENRIQUE J. MANSILLA PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro