include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0203/2012
Fecha: 2013-09-02
Carátula: JUAREZ ELVIA MERCEDES C/ COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y AUTOCONSTRUCCION HOUSE VIAL LIMITADA Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: C/ HOUSE VIAL - MODIFICA AUDIENCIA
EXPTE. Nº 0203/2012
CARATULA: JUAREZ ELVIA MERCEDES C/ COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y AUTOCONSTRUCCION HOUSE VIAL LIMITADA Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, de septiembre de 2013.-
Certificando el Actuario en este acto que la copia del poder otorgado por el sr. Iturburu al Dr. Maza obra en el Expte. nº 0697/2011, téngaselo, por presentado, parte en el carácter invocado y constituído el domicilio.-
Sin perjuicio de ello y toda vez que las actuaciones tramitan en forma independiente, hágase saber que deberá acompañar una copia del poder en cuestión para ser agregado a esta causa.-
Atento lo peticionado y teniendo en cuenta lo informado por el Actuario en el expediente antes mencionado 0697/2011, respecto a la superposición de las audiencias fijadas, teniendo en cuenta lo peticionado, en uso de las facultades previstas en el art. 36 del CPCC, a los fines de evitar un dispendio jurisdiccional y en resguardo del derecho de defensa que asiste a las partes, modifícase la audiencia fijada en los términos del art. 361 del código citado para el día 08 de OCTUBRE de 2013 a las 15.30 horas. Notifíquese.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro