include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36970
Fecha: 2006-05-10
Carátula: DIRECCION GRAL RENTAS C/CANIL Nelida Haydee S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion.-
//neral Roca, 10 de Mayo de 2006.-
Agréguese y del depósito efectuado y del mismo traslado a la parte actora.-
Regulo los honorarios del Sr.Angel Sergio Del Agua por las tareas realizadas, hasta la fecha, en la suma de $73.-MB:$1305 deposito de fs.168. arts. 27 inc.K Ley 2071).-
Sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 27 inc.K Ley 2051 en el caso, atento el monto que requiere la medida, se entiende que deberá morigerarse y fijarse en el 7% de lo recaudado a fin que la rettribución sea acorde a lo demás profesionales en etapa de ejecución de sentencia (art.40 Ley 22l2).-
Se deka constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalemtne la calidad de la actuación profesional la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella.-
Notifiquese a las partes a cuyo fín líbrense cédulas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro