include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37403
Fecha: 2006-05-10
Carátula: CREDIL SRL C/RETAMAL Sergio Ariel S/ Ejecución de Sentencia (*)
Descripción: se ordena oficio de embargo.-
//neral Roca, 10 de Mayo de 2006.-
Téngase por oblados el impuesto de justicia,sellado de actuación y contribución del Colegio de Abogados.-
Proveyendo el Otrosi digo de fs. 1 y vta/2, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio a la empleadora Establecimiento Humberto Canale SA, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 107,30 en concepto de capital con más la suma de $ 200 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados en el BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro