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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39618
Fecha: 2013-09-02
Carátula: DONZELLI Elisa Paola C/ RIFFO Jorge Raul y PINO BUSTOS Carlos Isaías S/ ORDINARIO
Descripción: céd. agreg//Fija gastos pericia y prestamo
Se agrega cédula a JOSE MARIA RUIZ DIAZ diligenciada el 16.08.13.-
Expte. 39618.-
//neral Roca, de setiembre de 2013.-j
Proveyendo el escrito de fs. 316, al punto I, téngase presente la aceptación de cargo por el perito psicólogo.-
Al punto II, atento la fecha en que se provee el escrito, hágase saber al perito que deberá fijar nueva fecha para la entrevista.-
Al punto III, intímese a la parte actora para que dentro del quinto día de notificada, deposite en autos la suma de $ 350.-, en concepto de anticipo de gastos de pericia psicológica, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del C.P.C. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula.-
Suspéndase el plazo para la presentación de la pericia hasta tanto se dé cumplimiento con lo ordenado precedentemente.-
Al punto IV, concédese el préstamo solicitado por el término de UN día. Téngase presente la persona autorizada para el retiro.-
Proveyendo el escrito de fs. 317, téngase presente y por contestado el traslado conferido a fs. 305, 3er apartado.-
Pase los presentes A RESOLVER.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro