Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0575/2013

N° Receptoría: O-1VI-24-C2013

Fecha: 2013-08-29

Carátula: FIGUEROA SERGIO EDUARDO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: CEDULA SECRETARIA-SR. SERGIO EDUARDO FIGUEROA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C É D U L A

Señor: Sergio Eduardo Figueroa (Dres. Fabio de Abajo y Carolina Albertini)

Domicilio: San Martín nº 72 - (constituido)

Ciudad: Viedma - R.N.

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "FIGUEROA SERGIO EDUARDO C/ S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS", Expte. Nº 0575/2013, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, agosto de 2.013.- Por recibido. Hágase saber la radicación de la presente causa en este Juzgado. Notifíquese.- Fdo. Dra. María Gabriela Tamarit - Juez Subrogante".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de agosto de 2013.-

Luciano Minetti Kern

Secretario Subrogante

*05TXHO.5BNSQX*

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Poder Judicial de Río Negro