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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0319/2005CPA
Fecha: 2006-05-09
Carátula: CASTRO RAMON OSCAR C/ GALABURRI REINALDO DOMINGO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: REMUEVE DE CARGO PERITO-COMUNICA A CÁMARA
EXPTE. Nº 0319/2005CPA
CARATULA: CASTRO RAMON OSCAR C/ GALABURRI REINALDO DOMINGO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, mayo de 2006.-
Atento lo peticionado y toda vez que la Lic. María Valeria Curzi no ha concurrido a aceptar el cargo, estándo debidamente notificada conforme surge de fs. 10, remúevasela del cargo y comuníquese a la Cámara de Apelaciones, oficiándose a tal fin y adjuntándose copias certificadas de las constancias pertinentes (art. 469 del C.Pr).-
En su reemplazo, desígnase de oficio a la Lic. Luisa Altschuller, domiciliada en calle Saaavedra nº 187, quien previo a sus funciones deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificada y presentar la pericia dentro de los quince días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará analizando la documental obrantes en la causa, y expedirse sobre los puntos ofrecidos por la parte actora a fs. 121 y por las demandadas a fs. 149 y a fs. 151. Notifíquese.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro