Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0319/2005CPA

N° Receptoría:

Fecha: 2006-05-09

Carátula: CASTRO RAMON OSCAR C/ GALABURRI REINALDO DOMINGO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: REMUEVE DE CARGO PERITO-COMUNICA A CÁMARA

EXPTE. Nº 0319/2005CPA

CARATULA: CASTRO RAMON OSCAR C/ GALABURRI REINALDO DOMINGO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, mayo de 2006.-

Atento lo peticionado y toda vez que la Lic. María Valeria Curzi no ha concurrido a aceptar el cargo, estándo debidamente notificada conforme surge de fs. 10, remúevasela del cargo y comuníquese a la Cámara de Apelaciones, oficiándose a tal fin y adjuntándose copias certificadas de las constancias pertinentes (art. 469 del C.Pr).-

En su reemplazo, desígnase de oficio a la Lic. Luisa Altschuller, domiciliada en calle Saaavedra nº 187, quien previo a sus funciones deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificada y presentar la pericia dentro de los quince días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará analizando la documental obrantes en la causa, y expedirse sobre los puntos ofrecidos por la parte actora a fs. 121 y por las demandadas a fs. 149 y a fs. 151. Notifíquese.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro