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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42410
Fecha: 2013-08-27
Carátula: AVENDAÑO Gloria Mabel S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: Regulación
Expte. 42410.-
//neral Roca, 27 de agosto de 2013.-j
Proveyendo el escrito de fs. 54, agréguese.-
Proveyendo el escrito de fs. 56, agréguese y téngase por oblados el impuesto de justicia, sellado de actuación y contribuciones correspondientes.-
Proveyendo el escrito de fs. 57, atento el estado de autos y lo solicitado, regulo por la primer y segunda etapa los honorarios de la Dra. CARINA LUCÍA BOGLIO en $ 5.460.- a cargo del heredero (MB:$ 48.866,28).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8, 25 y 44 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro