Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38907

N° Receptoría:

Fecha: 2013-08-27

Carátula: AVALIS Lisandro Argentino S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: regulacion

General Roca, 27 de agosto de 2013.s-

Proveyendo a fs. 149: Agréguese.-

Atento la declaración jurada patrimonial presentada a fs. 164 por la única heredera y el estado de autos, regular, por la primera etapa los honorarios profesionales del Dr. Francisco Quiroga en la suma de $6.400.- a cargo de la heredera, en virtud de haber realizado el profesional mencionado, tareas comunes al proceso sucesorio-

Por parte de la segunda etapa regulo los honorarios del Dr. Francisco Quiroga en la suma de $3.200.- a cargo de quienes se mencionaron en la declaratoria de fs. 89 que ha quedado sin efecto.

Regulo por parte de la segunda etapa los honorarios del Dr. Hernán Felipe Otero en la suma de $3.200 a cargo de la heredera.-

Monto base $ 147.450,40 fs. 164- arts. 6, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla .

Atento lo dispuesto por la Cámara Civil de Apelaciones en los autos: LUCERO CIRILO S/SUCESIÓN C.A.21217 y MEHDI DAVID ROBERTO S/SUCESIÓN C.A.21235, previo a inscribir el inmueble D.C. 04-1-B-667-14 a nombre de la heredera, deberá acompañarse libre inhibición del causante y libres deudas de la Municipalidad, Aguas Rionegrinas y Rentas.-

A fin de inscribir el 50% del automotor dominio WRD 946, cuya titularidad registral corresponde al causante, a nombre de la heredera, líbrese oficio al R.P.A.

Proveyendo a fs. 165: Téngase presente lo manifestado y agréguense los informes acompañados.-

De lo manifestado respecto de las sumas depositados en la cuenta detallada a fs. 165 córrase traslado a los hermanos del causante y los sobrinos.-Sin perjuicio que de cuestionarse tal aspecto, deberá promoverse por vía separada la acción que estime corresponder.-

Procédase por Secretaría a la liquidación de impuestos de Justicia, sellado de actuación y contribuciones respectivas sobre la base denunciada a fs, haciéndose saber que deberán ser ingresados dentro del término de QUINCE días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Código Fiscal. Notifíquese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sr. JUEZ:

De acuerdo a lo ordenado precedentemente pocedo a la liquidación de impuesto de justicia, sellado de actuación y contribuciones que deberán ser oblados en los presentes:

MONTO BASE:....................................$147.450,40.-

IMPUESTO DE JUSTICIA....................$ 3.686,20.-

SELLADO DE ACTUACION.................$ 921,55.-

SITRAJUR.............................................$ 294,90.-

COLEGIO DE ABOGADOS...................$ 294,90

Secretaría, 27 de agosto de 2013.-s

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

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