Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41700

N° Receptoría:

Fecha: 2013-08-23

Carátula: ILGNER Leandra Beatriz C/ KREITZ Sergio Alberto S/ DIVISION DE CONDOMINIO (Ordinario)

Descripción: Acta Preliminar

Autos: "ILGNER Leandra Beatriz C/ KREITZ Sergio Alberto

S/ DIVISION DE CONDOMINIO (Ordinario)" (Expte. Nro. 41700)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 23 de agosto de 2013, a las 9,10 horas, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, LEANDRA BEATRIZ ILGNER con la asistencia de su letrada patrocinante Dra. María Cecilia Evangelista, Dra. Jorgelina Montero letrada apoderada del demandado. Abierto el acto, las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo, por lo que se pasan a determinar los hechos controvertidos que consisten en: acreditación de la contribución que aportó la parte actora para la adquisición del automotor Ford Eco Sport, modelo 2005, dominio ERS 119, en caso de probarse porcentaje del precio que cubrió, motivo por el que el rodado quedó en poder del demandado y en su caso razones que puedan justificarlo. En razón de ello, se abre el juicio a prueba por el término de cuarenta días de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 13 vta./14, A LA DOCUMENTAL: Téngase presente.- A LA DOCUMENTAL EN PODER DE LA DEMANDADA: Intímase al demandado para que en el término de diez días presente al Tribunal la documental requerida (Boleto de compraventa original del automotor ERS 119 y formulario 08), bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 388 del CPC. A LA INFORMATIVA: Líbrense oficios a Registro Propiedad Automotor, Concesionaria de Automotores La Rotonda, Mercantil Andina Seguros, Escuela Nro. 38 de Villalonga, para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.- A LA CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de SERGIO ALBERTO KREITZ, líbrese oficio directo ley 22.172 a juez de igual clase y en turno con jurisdicción en Villalonga (Pcia. Buenos Aires) con adjunción de los interrogatorios respectivos y debiéndose comunicar al Tribunal con la debida antelación día y hora de la audiencia a celebrarse.- Proveyendo la prueba ofrecida por el demandado a fs. 42 y vta., A LA TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de CLAUDIA SOLEDAD FERREYRA, ELADIO JAVIER SCHMIPF, EDUARDO ENRIQUE LARA, ALEXANDER HERALDO ALDREDO PONCE, CLAUDIO ESTEBAN PALOMEQUEZ, póngase a disposición de la contraria los interrogatorios acompañados por el término de cinco días. Una vez sustanciados y definido su contenido, líbrese oficio directo ley 22.172 a juez de igual clase y en turno con jurisdicción en Villalonga y oficio directo a juez de igual clase y en turno con jurisdicción en Las Grutas con adjunción de los interrogatorios correspondentes, debiéndose comunicar -con la debida antelación- día y hora de las audiencias a fijarse.- INFORMATIVA: Líbrense oficios a Registro Propiedad Automotor y Mercantil Andina para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días hábiles de notificados bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/399 del CPC.- A LA CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones de LEANDRA BEATRIZ ILGNER, líbrese oficio directo ley 22.172 a juez de igual clase y en turno con jurisdicción en Ingeniero White (Pcia. Buenos Aires) con adjunción del interrogatorio respectivo y debiéndose comunicar al Tribunal con la debida antelación día y hora de la audiencia a celebrarse.- . No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

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