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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41626
Fecha: 2013-08-22
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ PARADA Andrea Fabiana S/ EJECUTIVO
Descripción: practique liquidación
General Roca, 22 de agosto de 2013.s-
Previo a cheque solicitado y en virtud de lo prescripto por el artículo 16 de la Ley de Tasas 2716, que establece que la base imponible en los juicios por sumas de dinero, estará constituida por el capital con más los intereses devengados a la fecha de interposición de demanda, previo a la prosecución de autos y a efectos de proceder a la determinación de las diferencias a ingresar practique liquidación y abónense las cargas fiscales correspondientes-
Asimismo deberá darse cumplimiento con la ley 869 respecto de los honorarios regulados a fs. 9 y acompañar la conformidad de Caja Forense.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro