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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0797/2006
Fecha: 2013-08-16
Carátula: MACRE ALICIA ESTER Y OTRA S/ HOMOLOGACION
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señor: ALICIA ESTER MACRE y Dr. José Alberto Brusa
Domicilio: BROWN 340 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MACRE ALICIA ESTER Y OTRA C/ S/HOMOLOGACION", Expte. Nº 0797/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, de agosto de 2013.- Atento lo peticionado por la sra. Defensora de Menores y constancias de la causa, intímase a la sra. Macre para que dentro del plazo de 5 días presente la rendición de cuentas ordenada a fs. 74, bajo apercibimiento de desobediencia judicial. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de agosto de 2013.-
*05TXHO.97L869*
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro