Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0652/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2013-08-16

Carátula: LAI NORA ESTER Y OTRAS C/ LEON TRAVEL S.A. Y OTRA S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

C E D U L A

Señor: PROTECCION MUTUAL DE SEGURO DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJE y Dr. Juan Martín Brussino Kain

Domicilio: GUIDO 402 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "LAI NORA ESTER Y OTRAS C/LEON TRAVEL S.A. Y OTRA S/ORDINARIO", Expte. Nº 0652/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 07 de diciembre de 2012.- VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la excepción interpuesta por León Travel S.A. a fs. 26/27, y en consecuencia, corresponde declararme incompetente para entender en la presente causa y archivar las presentes actuaciones (conf. art. 354 inc. 1º CPCC). II.-. Imponer las costas a la actora (art. 68 ap. 1º C.Pr.). III.- Regular los honorarios del Dr. Gervasio Roberto Vallati en la suma de $ 12.809 (coef. 15 % del 11 % + 40 %), los del Dr. Juan Martín Brussino Kain en la suma de $ 8.540 (coef. 10 % del 11 % + 40 %) y el de los Dres. Juan Pablo Chirinos, Juan Carlos Ozuna, Martín Piermarini y Juan Carlos Chirinos, en conjunto, en la suma de $ 5.435 (coef. 10 % del 7 % + 40 %); MB: $ 554.500 (conf. arts. 6, 7, 8, 10, 11, 34 y cc de la ley G Nº 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869. IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese. Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de agosto de 2013.-

*05TXHO.5RUTGO*

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Poder Judicial de Río Negro