Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42279

N° Receptoría:

Fecha: 2013-08-16

Carátula: POBLETE URRA Felicindo y RIVAS SEGURA Armanda del Carmen S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 16 de agosto de 2013.-n

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos "POBLETE URRA Felicindo y RIVAS SEGURA Armanda del Carmen S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. Nro. 42279).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente juicio sucesorio por el fallecimiento de Felicindo Poblete Urra, ocurrido el 24 de Julio de 2008 en Gral. Roca (RN), y el fallecimiento Armanda del Carmen Rivas Segura, ocurrido el 08 de Octubre de 2004 en Gral. Roca (RN), certificado a fs. 3 y 59 respectivamente.-

Los causantes estaban unidos en matrimonio por acto celebrado el 30 de Abril de 1948 en Villarrica (Chile), partida de fs. 4.-

De dicha unión nacieron:

Prosperina Loida: el 9 de Agosto de 1954 en Pucon (Chile), cert. fs. 52.-

María de las Nieves: el 21 de Enero de 1963, en Allen, pcia. de Río Negro, cert. fs. 7.-

Gabriel: el 27 de Febrero de 1956, en Gral. Roca pcia. de Río Negro, cert. fs. 8.-

Blanca Flor: el 7 de Enero de 1960, en Gral. Roca pcia. de Río Negro, cert. fs. 47.-

Daniel Felicindo: el 11 de Febrero de 1968, Gral. Roca pcia. de Río Negro, cert. fs. 10.-

Mariela Ida: el 23 de Octubre de 1971, Gral. Roca, Pcia. de Río Negro, cert. fs. 11.-

René Audias: el 16 de Junio de 1948, Pucon (Chile) cert. fs. 12.-

Raúl Miguel: el 13 de Enero de 1953, Pucon (Chile) cert. fs. 13.-

Anita Orfelia: el 12 de Agosto de 1950, Pucon (Chile) cert. fs. 14.-

Luis Alberto: el 28 de Diciembre de 1957, Gral. Roca Pcia. de Río Negro, cert. fs. 46.-

A fs. 58 se decreta la apertura del juicio sucesorio respecto a Armanda del Carmen Rivas Segura y a fs. 61 el de Felicindo Poblete Urra, declarándose competente el Tribunal para entender en el mismo.-

A fs. 63/4 y 81/82 obran oficios al Registro de Juicios Universales y al Registro de Testamentos de los que surge que a nombre de los causantes no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 69, 71 y 73 vta., obran constancias con las que se acredita la correspondiente publicación edictual y sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los mencionados precedentemente.-

Por lo expuesto y las disposiciones de los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de ARMANDA DEL CARMEN RIVAS SEGURA le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos PROSPERINA LOIDA, MARIA DE LAS NIEVES, GABRIEL, BLANCA FLOR, DANIEL FELICINDO, MARIELA IDA, RENE AUDIAS, RAUL MIGUEL, ANITA ORFELIA y LUIS ALBERTO de apellidos POBLETE y RIVAS sin perjuicio de los derechos que por ley corresponde al cónyuge supérstite FELICINDO POBLETE URRA, sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere. Notifíquese y regístrese.-

Por fallecimiento de FELICINDO POBLETE URRA le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos PROSPERINA LOIDA, MARIA DE LAS NIEVES, GABRIEL, BLANCA FLOR, DANIEL FELICINDO, MARIELA IDA JAQUELINE, RENE AUDIAS, RAUL MIGUEL, ANITA ORFELIA y LUIS ALBERTO de apellidos POBLETE y RIVAS.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro