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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41037
Fecha: 2013-08-16
Carátula: ASOC. RIONEGRINA de Anestesia, Analesia y Reanimación C/ OBRA SOCIAL Obreros Empac. Fruta RN y Nqn. S/ ORDINARIO
Descripción: providencia prov. simple Preliminar (ORDINARIO)
General Roca, 16 de agosto de 2013.s-
Agrèguese el poder de sustituciòn acompañado en el día de la fecha por el Dr. Matías Franco y téngase por presentado en el carácter invocado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 16 de agosto de 2013.s-
Téngase presente.-
Dra. SELVA ARANEA
Secretaria Subrogante
Autos: "ASOC. RIONEGRINA de Anestesia, Analesia y Reanimación C/ OBRA SOCIAL Obreros Empac. Fruta RN y Nqn. S/ ORDINARIO" (Expte. Nro. 41037)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo las 8,50 hs. del día 16 de agosto de 2013, comparecen ante S.S. a la audiencia prevista para el día de la fecha, el Dr. Martín Sanchez, apoderado de Asociación Rionegrina de Anestesia Analgesia y Reanimación y el Dr. Matías Franco, apoderados de Obra Social de Obreros Empacadores de Fruta de Río Negro y Neuquén. Abierto el acto, y no habiendo comparecido los Representantes legales de la actora y la demandada se aplica una multa de $ 1.000 a cada uno a cuyo efecto pasen las presentes actuaciones a Secretaría a sus efectos. En este estado piden la palabra los profesionales y en razón de estar involucrados intereses de asociaciones lo que hace dificil que pueda asistir el representante, apelan la aplicación de multa, lo que se tiene presente y se concede la apelación en relaciòn, poniendo los autos en Secretarìa para que presenten memorial. Asimismo las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo, por lo que se pasan a determinar los hechos controvertidos que consisten en: causa de la deuda reclamada, vigencia del contrato celebrado, registraciones efectuadas, documental que la sustenta y entidad de la misma. En razón de ello, se abre el juicio a prueba hasta la fecha de la audiencia de prueba la que se fija para el día 21 de noviembre de 2013 a las 8,30 hs. de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 95/6 y 166/7.
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones del representante legal del demandado estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente, a la que deberá comparecer, bajo apercibimiento de ser tenido por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto.-
PERICIAL CONTABLE: Para el sorteo del perito contador fíjase la audiencia del día 27 de agosto de 2013 a las 10,00 hs.. Notifíquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
PERICIAL CALIGRÁFICA: Desígnase perito calígrafo Daniela Giselle Hernández con domicilio en España 1759 de esta ciudad quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y llevar adelante su cometido en el término de quince días, bajo apercibimiento de remoción. Not. concédese dos días para completar la lista de personas que deberán concurrir -
TESTIMONIAL: Para la declaración testimonial de María Eugenia Casal y Cristian Strada, fíjase la audiencia dispuesta precedentemente, a la que deberán concurrir, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 431 del C.P.C. en caso de incomparecencia injustificada a la audiencia complementaria que oportunamente se fijará a petición de las partes. Notifìquese mediante cèdula.
Proveyendo la prueba ofrecida por la parte demandada fs. 110
DOCUMENTAL: Téngase presente.-
CONFESIONAL: Para la absolución de posiciones del Representante Legal del actor estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente, a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser tenido por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro