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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0547/2005
Fecha: 2006-05-08
Carátula: CARABAJAL ROSA AMELIA C/ CABELLO QUIROGA ESTHER CRISTINA S/ SUMARIO (ESCRITURACION)
Descripción: INIC.SUMARIO
EXPTE. N° 0547/2005
CARATULA: CARABAJAL ROSA AMELIA C/ CABELLO QUIROGA ESTHER CRISTINA S/ SUMARIO (ESCRITURACION)
Viedma, mayo de 2.006.-
Agréguese y tiénese presente.-
Por promovida demanda, que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella a la demandada, Esther Cristina Cabello Quiroga, por el término de veinte (20) días y a Golfo San Matías S.A. por el término de doce (12) días, a quienes se cita y emplazan para que la contesten en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., opongan excepciones y acompañen la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc.1*). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
Previo a lo ordenado, deberá acompañar dos juegos de copias para traslado de la demanda.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro