Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: D-2RO-545-C3-13

N° Receptoría: D-2RO-545-C2013

Fecha: 2013-08-14

Carátula: COOPERATIVA FARO LTDA. C/ DIAZ AGUSTIN ALEJANDRO S/ EJECUTIVO

Descripción: Prepara Via

//neral Roca, 14 de agosto de 2013.-s

Por presentado, en mérito del poder adjuntado, parte y con domicilio.

Intímese al demandado Agustín Alejandro Diaz para que dentro del QUINTO día de notificado comparezca al Tribunal a reconocer la firma del documento base de la acción de acuerdo a lo prescripto por el art. 525 del CPC, bajo apercibimiento de dársele por reconocida en caso de incomparecencia. Notifíquese mediante cédula.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Deposítese en Caja Fuerte la documentación acompañada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse depositado fs. 11/3. CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro