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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38711
Fecha: 2013-08-13
Carátula: MUNICIPALIDAD ALLEN C/ PIÑEIRO PEARSON y GUERRERO Miguel Manuel y otros S/ EXPROPIACION (Ordinario)
Descripción: Providencia
Expte. 38711.-
//neral Roca, 13 de agosto de 2013.-j
Al punto 1, 2 y 3, hágase saber que se mantiene el proveído de fs. 293 por cuanto el Defensor Oficial actúa ante la NO ubicación de los interesados y al sólo efecto de resguardar el derecho de defensa. No contando el funcionario público con elementos de juicio suficientes para cumplir con esa finalidad y estando en término la presentación de Carlos Arturo Piñeiro Pearson, Josefina Justa García Sanabria y Cristian Miguel Piñeiro Pearson, a lo solicitado no ha lugar.-
Sin perjuicio de haber omitido el traslado a que refiere la presentante, téngase presente la contestación formulada.-
Al punto 4, estése a lo proveído precedentemente.-
Al punto 5, hágase saber que eso será objeto de análisis en la sentencia.-
Al punto 6, no constando específicamente el nombre de SAMUEL JUAN PIÑEIRO PEARSON en los edictos publicados y a fin de resguardar los intereses de sus herederos, a lo solicitado, no ha lugar.-
Al punto 7 y 8, siendo su escrito extemporáneo, sólo se tendrá en cuenta para dar las explicaciones pertinentes manteniendo el proveído de fs. 293, para resguardar los intereses de todos los involucrados.-
Al punto 9, atento el estado de autos, a lo solicitado, no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro