Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41773

N° Receptoría:

Fecha: 2013-08-13

Carátula: MACAYA Ramón Segundo s.sucesion C/ ALMENDRA Aladino S/ REIVINDICACION (Ordinario)

Descripción: providencia Audiencia Prueba

General Roca, 13 de agosto de 2013.s-

Proveyendo a fs. 565: Atento lo peticionado, las constancias de autos y lo dispuesto por el artículo 432 del CPC, decrétase la caducidad de los testigos ofrecidos por la parte demandada Sonia Edith Bello, José Valenzuela, Julio Mera Campo, la que no podrá realizarse en esta instancia.-

Respecto de Alina del C. Figueroa, estése a las constancias de fs. 424 vta.-

Proveyendo a fs. 566: Atento lo informado a fs. 512 por Anses que respecto de Ramón Segundo Macaya no existe información, aclare concretamente lo que solicita.-

Al oficio solicitado al Registro Civil de Allen, estése al certificado de defunción de Elcira Almendra adjuntado a fs. 480 por dicho organismo.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 13 de agosto de 2013s.-

Agrèguese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Autos: "MACAYA Ramón Segundo s.sucesion C/ ALMENDRA Aladino S/ REIVINDICACION (Ordinario)" (Expte. Nro. 41773)- Juzgado Civil III

En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo las 9,30 horas del día 13 de agosto de 2013 comparecen ante SS, el Sr. Eduardo Macaya administrador judicial de la sucesión de Ramón Segundo Macaya con el patrocinio de la Dra. Carla Zanellato, y ALADINO ALMENDRA con la asistencia de su letrado patrocinante Dr. Roberto Joison. Abierto el acto se deja constancia que para la audiencia de prueba del día de la fecha comparecen en calidad de testigos la Sra. Olga Rosa Epul, DNI 4.787.436, nacionalidad argentina, estado civil casada, ocupación ama de casa, domiciliada actualmente en Jujuy 555 de Allen. Tomadas todas las declaraciones testimoniales se hace saber a las partes que deberán entregar al Tribunal en el término de tres días los correspondientes DVDs para la grabación de las audiencias. No siendo para más se da por terminado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro