Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: Z-2RO-58-C3-13

N° Receptoría: Z-2RO-58-AM2013

Fecha: 2013-08-12

Carátula: BRIONES Jorge Federico S/ AMPARO

Descripción: cedula fiscal de estado//cedulas y a cedula

CEDULA DE NOTIFICACION

HOSPITAL FRANCISCO LOPEZ LIMA

AVDA. ROCA entre Los Andes y Gelonch

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BRIONES JORGE FEDERICO S/ AMPARO (salud publica)" (Expte. N* Z-2RO-58-C3-13) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 02 de Agosto de 2013.- ... RESUELVO: Hacer lugar a la acción de amparo promovida por JORGE FEDERICO BRIONES DNI 26.458.638 contra SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y en consecuencia ordenar a esta última que arbitre las medidas necesarias para la compra del balón intragástrico y lo provea para la colocación del mismo por los médicos tratantes, a través del servicio de endoscopía si así correspondiere. El requerimiento deberá cumplirse en el término de CINCO días o el menor que permitan las diligencias que esté cumpliendo la Provincia de Río Negro, bajo apercibimiento de aplicar una sanción conminatoria de pesos quinientos ($500) por cada día de retardo.-Notifíquese y regístrese. Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************

NOTA: se adjunta copia de la resolucion de fs 39 y 40.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de agosto de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

CEDULA DE NOTIFICACION

JORGE FEDERICO BRIONES (AMPARISTA)

CATAMARCA 3451

BARRIO QUINTA 25 (REAL)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BRIONES JORGE FEDERICO S/ AMPARO (salud publica)" (Expte. N* Z-2RO-58-C3-13) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 02 de Agosto de 2013.- ... RESUELVO: Hacer lugar a la acción de amparo promovida por JORGE FEDERICO BRIONES DNI 26.458.638 contra SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y en consecuencia ordenar a esta última que arbitre las medidas necesarias para la compra del balón intragástrico y lo provea para la colocación del mismo por los médicos tratantes, a través del servicio de endoscopía si así correspondiere. El requerimiento deberá cumplirse en el término de CINCO días o el menor que permitan las diligencias que esté cumpliendo la Provincia de Río Negro, bajo apercibimiento de aplicar una sanción conminatoria de pesos quinientos ($500) por cada día de retardo.-Notifíquese y regístrese. Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************

NOTA: se adjunta copia de la resolucion de fs 39 y 40.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de agosto de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

DE RIO NEGRO

LAPRIDA 240

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BRIONES JORGE FEDERICO S/ AMPARO (salud publica)" (Expte. N* Z-2RO-58-C3-13) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 02 de Agosto de 2013.- ... RESUELVO: Hacer lugar a la acción de amparo promovida por JORGE FEDERICO BRIONES DNI 26.458.638 contra SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y en consecuencia ordenar a esta última que arbitre las medidas necesarias para la compra del balón intragástrico y lo provea para la colocación del mismo por los médicos tratantes, a través del servicio de endoscopía si así correspondiere. El requerimiento deberá cumplirse en el término de CINCO días o el menor que permitan las diligencias que esté cumpliendo la Provincia de Río Negro, bajo apercibimiento de aplicar una sanción conminatoria de pesos quinientos ($500) por cada día de retardo.-Notifíquese y regístrese. Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************

NOTA: se adjunta copia de la resolucion de fs 39 y 40.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de agosto de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO

ALVARO BARROS 328

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BRIONES JORGE FEDERICO S/ AMPARO (salud publica)" (Expte. N* Z-2RO-58-C3-13) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 02 de Agosto de 2013.- ... RESUELVO: Hacer lugar a la acción de amparo promovida por JORGE FEDERICO BRIONES DNI 26.458.638 contra SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y en consecuencia ordenar a esta última que arbitre las medidas necesarias para la compra del balón intragástrico y lo provea para la colocación del mismo por los médicos tratantes, a través del servicio de endoscopía si así correspondiere. El requerimiento deberá cumplirse en el término de CINCO días o el menor que permitan las diligencias que esté cumpliendo la Provincia de Río Negro, bajo apercibimiento de aplicar una sanción conminatoria de pesos quinientos ($500) por cada día de retardo.-Notifíquese y regístrese. Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************

NOTA: se adjunta copia de la resolucion de fs 39 y 40.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de agosto de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO

LAPRIDA 212

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "BRIONES JORGE FEDERICO S/ AMPARO (salud publica)" (Expte. N* Z-2RO-58-C3-13) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 02 de Agosto de 2013.- ... RESUELVO: Hacer lugar a la acción de amparo promovida por JORGE FEDERICO BRIONES DNI 26.458.638 contra SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y en consecuencia ordenar a esta última que arbitre las medidas necesarias para la compra del balón intragástrico y lo provea para la colocación del mismo por los médicos tratantes, a través del servicio de endoscopía si así correspondiere. El requerimiento deberá cumplirse en el término de CINCO días o el menor que permitan las diligencias que esté cumpliendo la Provincia de Río Negro, bajo apercibimiento de aplicar una sanción conminatoria de pesos quinientos ($500) por cada día de retardo.-Notifíquese y regístrese. Fdo. Susana Teresa Burgos. JUEZ.-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *******************************************************************

NOTA: se adjunta copia de la resolucion de fs 39 y 40.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, de agosto de 2013.-

Dra. SELVA ARANEA

Secretaria Subrogante

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro