Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0726/2005CPA

N° Receptoría:

Fecha: 2013-08-09

Carátula: MENJOULOU DANIEL BAUTISTA C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ ORDINARIO

Descripción: REMUEVE DEL CARGO PERITO NO PRESENTO INF. - COMUNICA A CAV

EXPTE. Nº 0726/2005CPA

CARATULA: MENJOULOU DANIEL BAUTISTA C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ ORDINARIO

Viedma, de agosto de 2013.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta la intimación efectuada al perito médico designado Dr. Esteban Jorge Pazos y toda vez que el mencionado profesional no presentó el dictamen pericial conforme le fuera ordenado a fs. 95vta. de los autos principales, hágase efectivo el apercibimiento previsto en el art. 470 del CPCC remuévaselo del cargo y désele por perdido el derecho a cobrar honorarios. Comuníquese a la Cámara de Apelaciones, oficiándose a tal fin y adjuntándose copias certificadas de las constancias pertinentes (art. 469 del C.Pr). Notifíquese.-

María Gabriela Tamarit

Juez Subrogante

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro