Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1017/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-08-08

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ CALATAYUD ENRIQUE ANDRES S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA-con preguntas por pantalla

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

C É D U L A

Señor: Enrique Andrés Calatayud

Domicilio: Pedro Giachino 725 - (real)

Ciudad: Catriel

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "TARJETA NARANJA S.A. C/ CALATAYUD ENRIQUE ANDRES S/ ORDINARIO", Expte. Nº 1017/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 5 de agosto de 2.013.-VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 18/20 y condenar al Sr. Enrique Andres Calatayud a abonar a Tarjeta Naranja S.A., en el plazo de 10 días, la suma de $ 27.993 en concepto de capital e intereses calculados al 31/05/13, y de allí en más intereses según la tasa activa hasta su efectivo pago.-II.- Imponer las costas a la parte demandada (art. 68 ap. 1° CPCC) y regular los honorarios del Dr. Fernando Arturo Casadei en la suma de $ 4.310 (coef. 11 % + 40 %), conf. arts. 6, 7, 8, 11, 12 y conc. Ley G nº 2.212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de agosto de 2013.-

*05TXHO.2Z5LD0*

Luciano Minetti Kern

Secretario Subrogante

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Poder Judicial de Río Negro