include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40541
Fecha: 2013-08-08
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ CARDOSO Carina Paula S/ EJECUTIVO
Descripción: vta. para hacer oficio//a cheque
//neral Roca, 08 de agosto de 2013s.-
Agréguese la constancia bancaria acompañada.-
Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 103 por la suma de $ 95 en concepto de capital y gastos y por la suma de $ 135,31 en concepto de honorarios, ambas al 7/6/2013.-
Líbrese oficio al Banco Patagonia SA, sucursal local, a fin de que transfiera de la cuenta de autos Nro. 126683852 a la cuenta corriente Nro. 220-220027526 CBU 03402209 00220027526008 perteneciente a AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. (CUIT 30-70842085-5) la suma de $ 95 en concepto de: saldo de liquidación aprobada . Cúmplase por Secretaría.-
Líbrese cheque a la orden de Claudia I. Sestán DNI 18.099.903 por la suma de $ 163,72.- en concepto de: $ 135,31.- honorarios aprobados precedentemente, $ 28,41.-
Atento el estado de autos, regulo por sus actuaciones los honorarios del Dr. Fernando E. Detlefs en la suma de $ 250.- .- (M.B. $ 4.517,49 -total de extracciones realizadas- (arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro