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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34366III
Fecha: 2013-08-07
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ AZOCAR Idalia S/ EJECUTIVO
Descripción: a Caja
General Roca, 07 de agosto de 2013.s-
Téngase presente lo manifestado.-
Del pedido de levantamiento de embargo, vista a Caja Forense.-
Regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Marcela Adriana Saitta en la suma de $ 200.- (M.B. $3.053,21 -total de extracciones realizadas en autos- (arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.).
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Agréguese el informe bancario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro