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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 26351/13
Fecha: 2013-08-06
Carátula: DIAZ, NADINA MARIEL S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Art..50 última parte LEY G Nº4193 y Decreto Nº 1830/2012)
Descripción: declara de puro derecho not.
Expte.N° 26351/13-STJ-
///MA, 6 de agosto de 2013.-
Atento el estado de autos, no habiendo prueba
que producir, declárase la cuestión de puro derecho en los términos del art.359, 2do.pá. CPCyC., y pónganse los autos a disposición de las partes para alegar.-
A lo demás, oportunamente.-
Notifíquese (art.135 inc.11 CPCyC).-
(fdo)ENRIQUE J. MANSILLA- PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro