include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0290/2013
N° Receptoría: B-1VI-12-C2013
Fecha: 2013-08-05
Carátula: MONTERO CYNTIA CAROLINA C/ NAHUELGUER ALFREDO ADRIAN S/ DESALOJO (Sumarísimo)
Descripción: ACTORA INTRODUCE HECHO NUEVO - TRASLADO -
EXPTE. Nº : 0290/2013.-
CARATULA: MONTERO CYNTIA CAROLINA C/ NAHUELGUER ALFREDO ADRIAN S/ DESALOJO (Sumarísimo).-
Viedma, de agosto de 2013.-
Por presentada en el carácter de gestor procesal. Hágase saber a la profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del CPCC y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 35.-
Del hecho nuevo introducido por la parte actora (punto III), córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese y a la sra. Defensora de Menores e Incapaces en su despacho.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro