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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41772
Fecha: 2013-08-02
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ BEROISA Carlos S/ EJECUTIVO
Descripción: providencia
General Roca, 02 de agosto de 2013.s-
Agréguese el oficio acompañado.-
Atento las constancias de fs. 28 y 39, intímese al Instituto de Seguridad Social del Neuquén a fin de que en el término de cinco días, dé cumplimiento con el embargo ordenado a Carlos Beroisa, o en su caso explicite los motivos de su incumplimiento, bajo apercibimiento de aplicar una multa de $100 diarios desde la notificación hasta el real cumplimiento de la orden y hasta la suma que omita embargar.-
Para su cumplimiento líbrese cédula en los términos de la ley 22172 con transcripción del artículo 399 del CPC.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro