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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: Z-2RO-83-C3-13
N° Receptoría: Z-2RO-83-AM2013
Fecha: 2013-07-31
Carátula: ALANIS FRANCO FABIAN C/ Unión Obrera Metalúrgica S/ AMPARO
Descripción: CARÁTULA EXPEDIENTES - CIVIL 3 PROVIDENCAI
Dres. /
3
PODER JUDICIAL
DE LA PCIA. DE RÍO NEGRO
II° CIRCUNSCRIPCIÓN
JUZG. CIVIL N° 3
Ciudad de Gral. Roca
Nro. 1º Instancia: Z-2RO-83-AM3-13
Nro. Receptoría: Z-2RO-83-AM2013
ALANIS MAURO FABIAN
s/
AMPARO
Fecha de Inicio: 31/07/2013
Juez: Dra. Susana Teresa Burgos
Secretaria: Dra. María del Carmen Villalba
*09NPBL.9T3KLU*
General Roca, 31 de julio de 2013.s-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Téngase presente lo manifestado.-
Atento las caracteristicas procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-
En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a la Obra Social de Franco Fabián Alanis (UOM) y al Dr. Sergio Guirado un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-
En consecuencia librese oficio con adjunción del escrito acompañado.-
Además del amplio informe requerido, la UOM deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto.
1.- Si el menor Franco Fabián Alanis DNI 39.647139, afiliado a dicha obra social y en su caso tiempo y cobertura.-
2.-Si hay antecedentes que fue requerido por parte del padre del menor, Sr. Mauro Fabián Alanis DNI 26.218600, 1 placa de 1,5 ml o alternativa de 2,0 para 5º metacarpio con instrumental de colocación para la operación de fractura de metacarpio derecho, a partir del 01 de junio de 2013- -
3.-En caso afirmativo, respuesta dada por dicha obra social y motivo de la demora en proveer los elementos requeridos.-
Asimismo el Dr. Guirado deberá responder con los siguientes requerimientos.-
1.-Si el menor Franco Fabián Alanis DNI 39.647139, es su paciente, diagnóstico y tratamiento.-
2.- Si ha requerido 1 placa de 1,5 ml o alternativa de 2,0 para 5ª metacarpio con instrumental de colocación, para una operación de fractura de metacarpio derecho y en su caso, respuesta dada por la UOM.-
3.- Consecuencias que puede padecer el paciente en caso que no se le sean entregados los elementos requeridos.-
El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-
Deposítese en Caja Fuerte la placa de RX de mano.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado a fs.7
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Poder Judicial de Río Negro