Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 30281IV

N° Receptoría:

Fecha: 2006-05-05

Carátula: CRYBSA S.A. S/ Quiebra

Descripción: autorizacion.A cheque.-

//neral Roca, 05 de Mayo de 2006.-

Proveyendo el escrito de fs.2523, al punto I, téngase presente lo manifestado.-

Al punto II, téngase presente y siendo adecuada la nueva propuesta formulada por los funcionarios de la quiebra, autorízase al Sr. Enajenador a la VENTA DIRECTA (art.213 LCyQ) de los siguientes bienes:un tinglado exterior de aproximadamente 700 m2.completo, desmontable con columnas y cabriadas, que no forma parte del inmueble, en la suma de $ 16.000, siendo por cuenta del comprador el desarme y retiro del mismo.-

Comisión del enajenador (10%) y sellado del boleto, todo a cargo del comprador.-

Al Otro si digo: Por presentado en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.-

Téngase presente la ratificación de la oferta mencionada por la Sindicatura por el bien indicado por la firma COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS PATAGONICOS S.A.-

Proveyendo el escrito de fs.2525, punto I, agréguese la factura de EDERSA debidamente abonada por la suma de $ 203,74 y por rendida la extracción ordenada a fs. 2496.-

Al punto II, líbrese cheque a la orden del Sr. Síndico Cr. JOSE RAMON VIÑUELA por la suma de $ 153 en concepto de: pago de factura de EDERSA cuyo vencimiento opera el día 08/05/2006.-

Acompáñese documentada rendición de cuentas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

El /05/06 se libro cheque No CONSTE.

El /05/06 el Cr.Viñuela retira cheque.CONSTE.

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Poder Judicial de Río Negro