Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0453/2013

N° Receptoría: F-1VI-100-C2013

Fecha: 2013-07-30

Carátula: SOLCA EDGARDO DOMINGO Y GUSTIN NELLY ELSA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: INICIA SUCESION

EXPTE. Nº: 0453/2013.-

CARATULA: "SOLCA EDGARDO DOMINGO Y GUSTIN NELLY ELSA S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, de julio de 2013

Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de NELLY ELSA GUSTIN.-

Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del C.P.C.C.) líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-

Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-

Resultando necesario contar con el tipo de documento del causante Solca para proceder a su inscripción en el correspondiente registro, hágase saber a la parte que bajo su responsabilidad deberá denunciarlo o en su caso realizar las gestiones que estime corresponder.-

Acompáñese la partida de matrimonio de los causantes.-

Sin perjuicio de ello, manifiéstese respecto a la posible existencia de otros presuntos herederos, y en su caso, denuncie los domicilios.-

E Z

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro