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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38635
Fecha: 2013-07-30
Carátula: DE LA PRIETA José Justo S/ PROCESO SUCESORIO (Ex 1108-XI-06)
Descripción: ACUERDO// Vista a RENTAS
En General Roca, provincia de Río Negro, siendo las 9,30 hs. del día 30 de julio de 2013, comparecen a la audiencia el Sr. Justo Manuel De La Prieta con el patrocinio del Dr. Carlos Martinez, Nirma Inés De La Prieta, Juana Marìa de la Prieta Beatriz, con el patrocinio de la Dra. Beatriz Isabel Martinez. Abierto el acto, instadas las partes a una conciliación y expuesta la situación actual de los autos sucesorios se decide que respecto de los impuestos y a fin de tener una idea más real de las cargas que tiene la sucesión se pasen en vista a Rentas para que fijen los impuestos en base a la declaración jurada de fs. 258. Las partes acuerda que JUSTO MANUEL DE LA PRIETA pagará la suma de $100.000.- a cada una de las co-herederas JUANA MARIA y NIRMA INÉS DE LA PRIETA con más los honorarios de los profesionales que las han asistido en el proceso, la forma de pago es en seis cuotas mensuales y consecutivas siendo la primer cuota el 20/set/13. Las tres primeras cuotas serán cobradas por la sra. NIRMA INES DE LA PRIETA venciendo por lo tanto en noviembre de 2013, y las tres restantes las cobra la sra. JUANA MARIA DE LA PRIETA, es decir del mes de Diciembre 2013, Enero y Febrero 2014. La sra. NIRMA INÉS permanecerá ocupando el inmueble hasta el día 20 de noviembre de este año. En razón de lo expuesto HOMOLÓGASE el acuerdo celebrado, quedando notificados en este acto. No siendo para más se da por finalziado el acto, previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro