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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1247/2010
Fecha: 2013-07-29
Carátula: BESTENE JORGE MANUEL C/ CHRYSLER ARGENTINA S.R.L. Y OTRAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: NULIDAD NOTIFICACION NO FUE CON COPIA PARA TRASLADO
EXPTE Nº 1247/2010
CARATULA: BESTENE JORGE MANUEL C/ CHRYSLER ARGENTINA S.R.L. Y OTRAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, de julio de 2013.-
Toda vez que de las cédulas recibidas y que se agregan a los presentes obrados, surge que no ha sido adjuntada la copia para traslado de fs. 386 y toda vez que debe notificarse con la copia del art. 120 del CPCC, ello a los fines que los citados puedan expedirse con relación al perito propuesto, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del código citado corresponde decretar la nulidad de las notificaciones, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro