Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: M-2RO-46-C3-13

N° Receptoría: M-2RO-46-C2013

Fecha: 2013-07-26

Carátula: PAINEMAN Juan Anuar C/ MARTINEZ Fernando Ariel S/ APELACION JUZGADO DE PAZ - (MENOR CUANTIA)

Descripción: Resolución

General Roca, 26 de julio de 2013-

Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: “ PAINEMAN JUAN ANUAR c/ MARTINEZ FERNANDO ARIEL s/ APELACION JUZGADO DE PAZ (Expte. M 2-RO-46-C3-13.)-

CONSIDERANDO: A fs.10 se presenta el actor interponiendo recurso de queja por apelación denegada, en razón de no haberla concedido la Sra Juez de Paz.-

El motivo es la diferencia que se tiene acerca de la recepción o no del costo de una diligencia, siendo el fundamento del rechazo que no cabe sumar más gastos a los facturados en determinada etapa del juicio. Siendo un tema que requiere una evaluación para dirimir si encuentra sustento o no el gasto en cuestión, lo que implica analizar las constancias de la causa, se recepta la queja, sin perjuicio que su procedencia se dirimirá teniendo a la vista el expediente en que tramitara la ejecución..-

Por lo expuesto, lo dispuesto por art.22 de la Acordada STJ No 74/00 arts 56 y 64 de la ley 2430-

RESUELVO: Hacer lugar al recurso de queja por apelación denegada del Juzgado de Paz de General Roca, debiendo librarse oficio con copia de la presente, para que dicho organismo conceda la apelación y remita la causa principal.-

Notifíquese y regístrese.-.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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