Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00505-059-13

N° Receptoría: C-3BA-26-CC2013

Fecha: 2013-07-25

Carátula: KUALES, RICARDO JORGE / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Descripción: Suspéndase la clausura. Completar aportes

00505-059-13

LIQUIDACION:

Monto del juicio: Indeterminado

Bono Ley 2897: $ 97,80

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

San Carlos de Bariloche, 25 de julio de 2013.

Por presentado parte en el carácter invocado y domiciliado.

Resérvese el sobre acompañado.

Atento la liquidación que antecede, cúmplase con el abono del total de las tasas respectivas.

Pudiéndose advertir en este estadio preliminar del proceso, la condición exigible para el dictado de una medida cautelar, esto es, la verosimilitud del derecho y ponderando el grave perjuicio que se ocasiona con la clausura del establecimiento, dispónese la inmediata suspensión de la clausura ordenada por el municipio; previa caución juratoria del peticionante. Notifíquese.

EDGARDO JORGE CAMPERI

Presidente

en 25/7/13 se reservó sobre bajo nro. 340. Conste.

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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