Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0840/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2013-07-25

Carátula: VAZQUEZ LUIS ALBERTO C/ CASA PATERNO S.A. Y OTRA S/ USUCAPION

Descripción: NO HACE LUGAR

EXPTE. Nº : 0840/2011.-

CARATULA: "VAZQUEZ LUIS ALBERTO C/ CASA PATERNO S.A. Y OTRA S/ USUCAPION".-

VIEDMA, de julio de 2013.-

Agréguense las cédulas acompañadas. Atento la naturaleza de la presente acción y dado que no resulta procedente la notificación bajo responsabilidad de la parte atento las características y efectos del traslado de demanda, a lo solicitado no ha lugar, debiéndose denunciar nuevo domicilio de acuerdo a lo previsto en el art. 330 inc. 2° del C.Pr., o en su caso estarse a las disposiciones que rigen los arts. 343, 145, 146, 147 y cc. del C.Pr..-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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