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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0058/2011
Fecha: 2013-07-25
Carátula: BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ DOMINGUEZ ALEJANDRO S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDACION
EXPTE. Nº : 0058/2011.-
CARATULA: "BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ DOMINGUEZ ALEJANDRO S/ EJECUTIVO".-
VIEDMA, de julio de 2013.-
Atento lo peticionado y el estado de autos, es dable señalar que con relación a los intereses a aplicar y teniendo en cuenta que el documento ejecutado es pagadero a la vista, los intereses compensatorios (27% anual) se computarán desde la fecha hasta la cual fueron calculados en la sentencia de fs. 8 y vta. (31/01/11) hasta la fecha de notificación de la sentencia monitoria (07-04-11) y desde allí y hasta el efectivo pago se aplicará intereses a la tasa del 4% mensual (48% anual) conforme jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones, dado que en el caso de autos la tasa de interés compensatoria más los punitorios pactados por las partes superan ese límite.-
En su mérito y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 49 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébasela en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 1.536,44, modificada que fuera en la aplicación de intereses conforme lo dispuesto precedentemente.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro