Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0431/2013

N° Receptoría: A-1VI-53-C2013

Fecha: 2013-07-24

Carátula: MORBELLI HUGO RAIMUNDO Y OTRO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: INIC. ORD. C/ BCO HIPOT. NUEVO CODIGO PROCESAL (2007)

EXPTE. Nº: 0431/2013

CARATULA: "MORBELLI HUGO RAIMUNDO Y OTRO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO".-

Viedma, de julio de 2013.-

Por presentadas, parte en el carácter invocado conforme copia de poder adjunto y por constituido domicilio. Agréguese la documentación acompañada.-

De conformidad con lo solicitado, tiénese presente lo dispuesto en el art. 1º de la ley 3504 en cuanto concede el beneficio de litigar sin gastos a los peticionantes.-

Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del CPCC), córrase traslado a la demandada Banco Hipotecario S.A. por el término de quince (15) días, a quien se cita y emplaza para que la conteste, oponga excepciones y acompañe la documental de que intente valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del CPCC, haciéndosele saber que tanto su silencio, como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y 135 CPCC). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

Tiénese presente la reserva formulada.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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