Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0433/2013

N° Receptoría: F-1VI-91-C2013

Fecha: 2013-07-24

Carátula: ARBELOA MARIO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: INICIA SUCESION

EXPTE. Nº: 0433/2013.-

CARATULA: "ARBELOA MARIO S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, de julio de 2013

Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de MARIO ARBELOA.-

Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del C.P.C.C.) líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-

Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-

Conforme lo previsto por el art. 699 inc. 1) del CPCC, notifíquese por cédula a los presuntos herederos, debiendo previamente denunciarse sus domicilios.-

A la informativa solicitada no ha lugar, debiendo en su caso ocurrir la parte por ante los organismos en cuestión y/o acompañar la documental que se peticiona.-

Repóngase la suma de $ 225 por sellado de actuación.-

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Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro