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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00333-038-09
Fecha: 2013-07-24
Carátula: CERO NUEVE SRL / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: ARCHIVO-Certificación.
Expediente Nro.00333-038-09
/// CERTIFICO: que el día 7/3/12, se libraron cédulas a: Colegio de Abogados y Caja Forense y el 28/5/12 a la DGR, habiéndose notificado los dos primeros el 9/3/12 y el tercero el 30/5/13 del siguiente texto: "CORRAS vista a la Caja Forense, Colegio de Abogados y ART por el término de cinco días, bajo apercibimiento de proseguir el trámite en caso de silencio. Hecho archívese", a lo cual, el Colegio de Abogados y la DGR no prestaron conformidad alguna. Asimismo el 26/3/13 se libró cédula al Colegio de Abogados habiéndose notificado el mismo el 4/4/13 del siguiente texto: "Atento a lo solicitado... por el Colegio de Abogados, intímase a los letrados que intervinieron por la accionada a acreditar los aportes de Bono Ley 2897, dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de ejecución. Notifíquese (a cargo del peticionante) dentro del término de tres días, bajo apercibimiento de archivo" y ell 9/5/13 se libró cédulas a la Caja forense, habiéndose notificado el 14/5/13 del siguiente texto: Ampliando la providencia de fs. 131 vista a la Caja Forense por el término de cinco días, bajo apercibimiento de proseguir el trámite en caso de silencio" a lo cual la Caja Forense no prestó conformidad alguna.
Secretaría, 24 de julio de 2013
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 24 de julio de 2013
VISTO, la certificación que antecede, remítanse los presentes al archivo sin más trámite.
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro